Directiva 2014/24/UE |
Artículo 53 Disponibilidad electrónica
de los pliegos de la contratación |
1. Los
poderes adjudicadores ofrecerán por medios electrónicos un acceso libre, directo,
completo y gratuito a los pliegos de la contratación a partir de la fecha de
publicación del anuncio, de conformidad con el artículo 51, o a partir de la fecha de envío de la
invitación a confirmar el interés. El texto del anuncio o de la invitación a
confirmar el interés deberá indicar la dirección de internet en que puede
consultarse esta documentación.
Cuando no se pueda ofrecer acceso
libre, directo, completo y gratuito por medios electrónicos a determinados
pliegos de la contratación por una de las razones expuestas en el artículo 22, apartado
1, párrafo segundo, los poderes adjudicadores podrán indicar, en el
anuncio o en la invitación a confirmar el interés, que los pliegos de la
contratación en cuestión van a transmitirse por medios distintos de los
electrónicos, de conformidad con el apartado 2 del presente artículo. En tal
caso, el plazo para la presentación de las ofertas se prolongará cinco días,
salvo en los casos de urgencia debidamente justificada a que se refieren el artículo 27, apartado
3, el artículo
28, apartado 6, y el artículo 29, apartado 1, párrafo cuarto [ver: artículo 54.2].
Cuando no pueda ofrecerse acceso
libre, directo, completo y gratuito por medios electrónicos a determinados
pliegos de la contratación porque los poderes adjudicadores tengan intención de
aplicar el artículo
21, apartado 2, de la presente Directiva, estos deberán indicar en
el anuncio o en la invitación a confirmar el interés qué medidas de protección
del carácter confidencial de la información exigen y cómo se puede obtener
acceso a los pliegos en cuestión. En tal caso, el plazo para la presentación de
las ofertas se prolongará cinco días, salvo en los casos de urgencia debidamente
justificada a que se refieren el artículo 27, apartado 3, el artículo 28, apartado
6, y el artículo 29, apartado 1, párrafo cuarto [ver: artículo 54.2 y anexo
VIII, punto 2, letra a)].
2. Siempre
que se haya solicitado a su debido tiempo, los poderes adjudicadores proporcionarán
a todos los licitadores que participen en el procedimiento de contratación
información adicional sobre los pliegos de condiciones y cualquier
documentación complementaria, a más tardar seis días antes de la fecha límite
fijada para la recepción de las ofertas. En el caso del procedimiento acelerado
contemplado en el artículo
27, apartado 3 y el artículo 28, apartado 6, este plazo será de
cuatro días [ver: artículo 47.3, letra
a)].
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