Directiva 2014/24/UE |
Artículo 52 Publicación a nivel
nacional |
1. Los
anuncios contemplados en los artículos 48,
49 y 50 y la información que contienen no se publicarán a
nivel nacional antes de la publicación prevista en el artículo 51. No obstante, podrán en todo caso
publicarse a nivel nacional si los poderes adjudicadores no han recibido
notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la
recepción del anuncio conforme al artículo
51.
2. Los
anuncios publicados a nivel nacional no incluirán información distinta de la que
figure en los anuncios enviados a la Oficina de Publicaciones de la Unión
Europea o publicados en un perfil de comprador, pero indicarán la fecha de
envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea o de su
publicación en el perfil de comprador.
3. Los
anuncios de información previa no se publicarán en un perfil de comprador antes
de que se envíe a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea el anuncio de
su publicación en la citada forma, e indicarán la fecha de dicho envío.
Artículos relacionados:
Directiva 2014/24/UE
Artículo 48.2 Anuncios de información
previa
Artículo
79.2 Anuncios
Anexo VIII.2, letra b) Especificaciones
relativas a la publicación