Directiva 2014/23/UE |
Artículo 32 Anuncios de adjudicación
de concesiones |
1. A
los 48 días de la adjudicación de una concesión como muy tarde, el poder o
entidad adjudicador enviará, con arreglo a las modalidades previstas en el artículo 33,
un anuncio con el resultado del procedimiento de adjudicación de la concesión.
Para los servicios sociales y otros servicios específicos enumerados en el anexo IV,
dichos anuncios podrán, no obstante, agruparse trimestralmente. En ese caso,
enviarán los anuncios agrupados a más tardar a los 48 días de acabado el
trimestre.
2. Los
anuncios de adjudicación de concesiones contendrán la información enumerada en
el anexo VII
o, tratándose de la concesión de servicios sociales y otros servicios
específicos enumerados en el anexo IV, la información enumerada en el anexo VIII,
y serán publicados de conformidad con el artículo 33.
Artículos relacionados:
Directiva 2014/23/UE
Artículo
10.2 Exclusiones aplicables a las concesiones adjudicadas por poderes
adjudicadores y entidades adjudicadoras
Artículo
19 Servicios sociales y otros servicios específicos
Artículo
28.1 Confidencialidad
Directiva 89/665/CEE
Artículo 2 septies, letra a) Plazos