Directiva 2014/23/UE |
Artículo 33 Redacción y forma de
publicación de los anuncios |
1. Los
anuncios de concesiones y de adjudicación de concesiones y el anuncio
contemplado en el artículo
43, apartado 1, párrafo segundo, contendrán la información que
figura en los anexos V, VII y VIII y se
ajustarán al formato de los formularios normalizados, incluidos los modelos
utilizados para las correcciones.
La
Comisión adoptará dichos formularios normalizados mediante actos de ejecución.
Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento
consultivo a que se refiere el artículo 50.
2. Los
anuncios contemplados en el apartado 1 se elaborarán, se enviarán por medios
electrónicos a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea y se publicarán
de conformidad con el anexo IX. La Oficina de Publicaciones de la Unión
Europea confirmará al poder adjudicador o la entidad adjudicadora la recepción
del anuncio y la publicación de la información enviada, mencionando la fecha de
dicha publicación que constituirá prueba de la publicación. Serán publicados a
más tardar cinco días después de su envío. Los gastos de publicación de estos
anuncios por parte de la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea correrán
a cargo de la Unión [ver: artículo 29.1].
3. Los
anuncios de concesiones se publicarán en toda su extensión en una o varias
lenguas oficiales de las instituciones de la Unión a elección del poder
adjudicador o la entidad adjudicadora. Los textos publicados en esa lengua o
lenguas serán los únicos auténticos. En las demás lenguas oficiales de las
instituciones de la Unión se publicará un resumen de los puntos importantes de
cada anuncio.
4. Los
anuncios de concesiones y los anuncios de adjudicación de concesiones no se
publicarán a escala nacional antes de la publicación por la Oficina de
Publicaciones de la Unión Europea, salvo si la publicación a escala de la Unión
no tiene lugar 48 horas después de que la Oficina de Publicaciones de la Unión
Europea confirme la recepción por el poder adjudicador o la entidad
adjudicadora de la notificación a que se refiere el apartado 2. Los anuncios de
concesiones y los anuncios de adjudicación de concesiones publicados a nivel
nacional no incluirán información distinta de la que figure en los anuncios
enviados a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea y deberán indicar la
fecha de envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea.
Artículos relacionados:
Directiva 2014/23/UE
Artículo
32.1 y 2 Anuncios de adjudicación de concesiones
Artículo 43.1, último párrafo
Modificación de los contratos durante su período de vigencia